En América Latina y,
principalmente en Argentina, se viven aires de liberación femenina a
partir de la instrumentación de políticas destinadas a defender los derechos
humanos, la igualdad de género, la revaloración de la mujer. Se podría afirmar
que hoy la mujer es libre pero
intereses que nada tienen que ver ni con la libertad
ni con los derechos humanos, la están
convirtiendo en esclavas, por lo que
la poética expresión mi cuerpo es mío, cada día que pasa
se convierte en el ácido recuerdo de una desilusión.
La esperanza de la mujer nació en
la Argentina cuando en el inicio de la segunda década del S XXI, con bombos y
platillos, se anunciaba desde el Gobierno Nacional una profunda reforma del
Código Penal en la que entraba la “despenalización del aborto”, pero
este simple anuncio levantó una “polvareda” de reacciones tanto a favor como en
contra.
Es que conocido el texto de la
reforma del Código Penal, la mujer se dio con la triste noticia que su libertad
para interrumpir un embarazo no deseado estaba limitado. Expresamente el Art.
85 precisa:
Aborto no punible
El aborto practicado por un médico diplomado
con el consentimiento de la mujer encinta, no es punible:
a) Si se ha hecho con el fin de evitar un
peligro para la vida o la salud de la madre, y si este peligro no puede ser
evitado por otros medios;
b) Si el embarazo proviniere de una violación
Sin embargo, en la comisión reformadora
existieron otros criterios más profundos que brindaban a la mujer embarazada
diferentes opciones, pero tal postura fue rechazada. Veamos lo que decía tal “aporte:
ARTÍCULO 85º
Interrupción voluntaria del embarazo no punible
1. La interrupción voluntaria del embarazo no será punible cuando
se practicare en las siguientes circunstancias:
a. Estuviere en peligro la vida de la mujer.
b. Estuviere en peligro la salud física o mental de la mujer.
c. Existieren anomalías fetales incompatibles con la vida
extrauterina.
d. El embarazo fuere consecuencia de una violación.
e. Antes de las catorce semanas cumplidas de gestación.
2. En ningún caso se requerirá autorización administrativa o
judicial, ni denuncia previa.
3. En todos los casos deberá constar
el correspondiente consentimiento informado.
Para el caso de que el nuevo
Anteproyecto de Código sea aprobado, se habrá dado una vuelta de tuerca más,
ajustando a la mujer a jugar un rol ficticio: la mujer es sujeto, pero
no del todo; la mujer es ciudadana, pero no del todo. Lamentablemente en tal
posicionamiento, se confunden roles. A la mujer no se la puede concebir como un
objeto, entonces ¿cuál es la razón por la cual no se le permite interrumpir un
embarazo no deseado? Porque de prosperar la reforma, necesariamente debe
entenderse a la mujer como “objeto” liso y llano.
Es objeto porque el cuerpo de una
mujer gestante pasa automáticamente a quedar bajo tutela ya que sobre él, tendrán injerencia directa el
accionar poderes exteriores a su vida. Y este es el detalle del profundo retroceso de la legislación
argentina a la cual se la quiere presentar como una síntesis de un espíritu modernista a rajatabla.
Esto es así porque mientras por la reforma del
Código civil a la mujer se le reconoce el derecho a alquilar su cuerpo para
gestar, en su propia vida se desconoce el derecho a interrumpir un embarazo aun
en el caso que el feto gestante presente anomalías, aun cuando sean
incompatibles con la vida extrauterina. Queda así demostrado el marcado
retroceso de la legislación, porque le reconoce una soberanía de su cuerpo muy encorsetada en principios religiosos.
Desde la Iglesia Católica se remarcó
que el aborto es un crimen porque se mata a una persona en gestación. Extiende
el concepto de persona o individuo, al mismo momento gestacional. Es sabido –hasta
se podría afirmar que se está frente a una perogrullada-
que para trasmitir vida, los elementos deben estar vivos, sí o sí desde un
primer momento. El injerto de un brote de planta, debe estar vivo para que
prenda, de lo contrario quedaría muerto apoco de andar. Lo mismo sucede con el
espermatozoide cuando penetra y fertiliza el óvulo, formando un cigoto o
embrión. Durante todo el proceso, tanto
el óvulo como el espermatozoide deben estar vivos.
Por esta razón, desde un primer
momento la “nueva persona” ya cuenta con toda la información genética desde el
mismo momento de la concepción y 18 o 20 días más tarde latirá su corazón. Los
adelantos científicos dan cuenta de estas como de otros avances significativos
y dentro de ese esquema se platea el interrogante: si una mujer sabe que el hijo que engendra en su vientre presenta
anormalidades, ¿por qué no puede interrumpir el embarazo? Sí es sabido que
sufrirán tanto el nuevo ser como los padres y sus hermanos, porque la carga, a
decir verdad, la llevará la familia.
Pero la discusión no finaliza en este
punto, sino que también debemos analizar otras realidades las cuales son
dolorosas. Por más que se condene el aborto, la ley –como hoy, ayer y mañana-
no será impedimento para que la niña rica
se practique el aborto en una clínica con todas las de la ley y la niña pobre arriesgue su vida en un
aborto ilegal. ¿Cuántas mujeres han muerto en el país tratando de abortar?
Estas realidades no son tenidas en cuenta.
Pero vale un detalle para tener en
cuenta: en América Latina solamente hay dos países que despenalizaron el
aborto: Uruguay y Méjico, a lo que
se deben sumar Cuba, Puerto Rico y
los que fueron colonias británicas o francesas. Chile, bajo el nuevo mandato de Bachelet impulsa una nueva etapa de debate pero no hay que
olvidarse que la América católica es el último bastión que le queda al Vaticano ya que Europa despenalizó el aborto, con Italia a la cabeza.
Hasta tanto el debate finalice, en América Latina y el Caribe¸ se practican 4 millones de
abortos inseguros por año de los
cuales el 17% terminan con la muerte
de la mujer. De ese total, 460 a 600 mil
abortos se practican en Argentina¸ lo
que muestra que el aborto es ilegal pero tal ilegalidad no impide que se lo
practique en un consultorio, en una casa, o donde fuere pero en lugares donde
no existen las garantías sanitarias mínimas ni cuentan con equipos específicos
para casos críticos, pero siempre arriesgando la vida de la mujer. De acuerdo a
ONGs que siguen de cerca el tema, de lo que va del 2014, en Argentina 184 mujeres perdieron la
vida, realidad que demuestra que el cuerpo de la mujer es un campo de batalla,
de extraños intereses.
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