miércoles, 6 de agosto de 2014

CUERPO DE MUJER: UN CAMPO DE BATALLA

En América Latina y, principalmente en Argentina, se viven aires de liberación femenina a partir de la instrumentación de políticas destinadas a defender los derechos humanos, la igualdad de género, la revaloración de la mujer. Se podría afirmar que hoy la mujer es libre pero intereses que nada tienen que ver ni con la libertad ni con los derechos humanos, la están convirtiendo en esclavas, por lo que la poética expresión mi cuerpo es mío, cada día que pasa se convierte en el ácido recuerdo de una desilusión.
La esperanza de la mujer nació en la Argentina cuando en el inicio de la segunda década del S XXI, con bombos y platillos, se anunciaba desde el Gobierno Nacional una profunda reforma del Código Penal en la que entraba la “despenalización del aborto”, pero este simple anuncio levantó una “polvareda” de reacciones tanto a favor como en contra.
Es que conocido el texto de la reforma del Código Penal, la mujer se dio con la triste noticia que su libertad para interrumpir un embarazo no deseado estaba limitado. Expresamente el Art. 85 precisa:  
Aborto no punible
El aborto practicado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer encinta, no es punible:
a) Si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre, y si este peligro no puede ser evitado por otros medios;
b) Si el embarazo proviniere de una violación
Sin embargo, en la comisión reformadora existieron otros criterios más profundos que brindaban a la mujer embarazada diferentes opciones, pero tal postura fue rechazada. Veamos lo que decía tal “aporte:
ARTÍCULO 85º
Interrupción voluntaria del embarazo no punible
1. La interrupción voluntaria del embarazo no será punible cuando se practicare en las siguientes circunstancias:
a. Estuviere en peligro la vida de la mujer.
b. Estuviere en peligro la salud física o mental de la mujer.
c. Existieren anomalías fetales incompatibles con la vida extrauterina.
d. El embarazo fuere consecuencia de una violación.
e. Antes de las catorce semanas cumplidas de gestación.
2. En ningún caso se requerirá autorización administrativa o judicial, ni denuncia previa.
3. En todos los casos deberá constar el correspondiente consentimiento informado.  
Para el caso de que el nuevo Anteproyecto de Código sea aprobado, se habrá dado una vuelta de tuerca más, ajustando a la mujer a jugar un rol ficticio: la mujer es sujeto, pero no del todo; la mujer es ciudadana, pero no del todo. Lamentablemente en tal posicionamiento, se confunden roles. A la mujer no se la puede concebir como un objeto, entonces ¿cuál es la razón por la cual no se le permite interrumpir un embarazo no deseado? Porque de prosperar la reforma, necesariamente debe entenderse a la mujer como “objeto” liso y llano.
Es objeto porque el cuerpo de una mujer gestante pasa automáticamente a quedar bajo tutela  ya que sobre él, tendrán injerencia directa el accionar poderes exteriores a su vida. Y este es el detalle del profundo retroceso de la legislación argentina a la cual se la quiere presentar como una síntesis de un espíritu modernista a rajatabla.
 Esto es así porque mientras por la reforma del Código civil a la mujer se le reconoce el derecho a alquilar su cuerpo para gestar, en su propia vida se desconoce el derecho a interrumpir un embarazo aun en el caso que el feto gestante presente anomalías, aun cuando sean incompatibles con la vida extrauterina. Queda así demostrado el marcado retroceso de la legislación, porque le reconoce una soberanía de su cuerpo muy encorsetada en principios religiosos.
Desde la Iglesia Católica se remarcó que el aborto es un crimen porque se mata a una persona en gestación. Extiende el concepto de persona o individuo, al mismo momento gestacional. Es sabido –hasta se podría afirmar que se está frente a una perogrullada- que para trasmitir vida, los elementos deben estar vivos, sí o sí desde un primer momento. El injerto de un brote de planta, debe estar vivo para que prenda, de lo contrario quedaría muerto apoco de andar. Lo mismo sucede con el espermatozoide cuando penetra y fertiliza el óvulo, formando un cigoto o embrión.  Durante todo el proceso, tanto el óvulo como el espermatozoide deben estar vivos.
Por esta razón, desde un primer momento la “nueva persona” ya cuenta con toda la información genética desde el mismo momento de la concepción y 18 o 20 días más tarde latirá su corazón. Los adelantos científicos dan cuenta de estas como de otros avances significativos y dentro de ese esquema se platea el interrogante: si una mujer sabe que el hijo que engendra en su vientre presenta anormalidades, ¿por qué no puede interrumpir el embarazo? Sí es sabido que sufrirán tanto el nuevo ser como los padres y sus hermanos, porque la carga, a decir verdad, la llevará la familia.
Pero la discusión no finaliza en este punto, sino que también debemos analizar otras realidades las cuales son dolorosas. Por más que se condene el aborto, la ley –como hoy, ayer y mañana- no será impedimento para que la niña rica se practique el aborto en una clínica con todas las de la ley y la niña pobre arriesgue su vida en un aborto ilegal. ¿Cuántas mujeres han muerto en el país tratando de abortar? Estas realidades no son tenidas en cuenta.
Pero vale un detalle para tener en cuenta: en América Latina solamente hay dos países que despenalizaron el aborto: Uruguay y Méjico, a lo que se deben sumar Cuba, Puerto Rico y los que fueron colonias británicas o francesas. Chile, bajo el nuevo mandato de Bachelet impulsa una nueva etapa de debate pero no hay que olvidarse que la América católica es el último bastión que le queda al Vaticano ya que Europa despenalizó el aborto, con Italia a la cabeza.
Hasta tanto el debate finalice, en América Latina y el Caribe¸ se practican 4 millones de abortos inseguros por año de los cuales el 17% terminan con la muerte de la mujer. De ese total, 460 a 600 mil abortos se practican en Argentina¸ lo que muestra que el aborto es ilegal pero tal ilegalidad no impide que se lo practique en un consultorio, en una casa, o donde fuere pero en lugares donde no existen las garantías sanitarias mínimas ni cuentan con equipos específicos para casos críticos, pero siempre arriesgando la vida de la mujer. De acuerdo a ONGs que siguen de cerca el tema, de lo que va del 2014, en Argentina 184 mujeres perdieron la vida, realidad que demuestra que el cuerpo de la mujer es un campo de batalla, de extraños intereses.  


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